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Guía práctica · Trámites

Permisos y trámites para instalar placas solares en Madrid: el camino real

Comunicación previa, boletín eléctrico, registro autonómico y contrato de compensación. El recorrido completo, paso a paso, con los plazos que de verdad se cumplen.

Por Equipo SolarMadrid · Redacción · Trámites|| 7 min de lectura
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Ilustración · SolarMadrid

MADRID

Aunque la palabra «trámite» suele asustar, instalar paneles solares en Madrid es hoy más sencillo que cambiar la caldera. La mayoría de ayuntamientos ha sustituido la licencia de obra por la comunicación previa, lo que reduce los plazos a apenas dos o tres semanas.

1. Comunicación previa al ayuntamiento

Documento técnico, memoria descriptiva y plano de cubierta. El ayuntamiento dispone de 15 días hábiles para responder; si no contesta, se entiende aprobado por silencio positivo. En Madrid capital, el trámite se hace íntegramente en línea.

2. Boletín eléctrico (CIE)

Lo emite el instalador autorizado tras conectar el inversor. Es el documento que certifica que la instalación cumple el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y se entrega tanto al titular como a la distribuidora.

3. Registro de autoconsumo en la Comunidad

Trámite telemático en la sede de la Comunidad de Madrid. Es obligatorio y gratuito, y se completa en menos de un día hábil. Se realiza una vez la instalación está activa.

4. Contrato de compensación con la comercializadora

Última pieza del proceso: firmar el nuevo contrato con la compañía eléctrica para que descuente los excedentes. Tarda entre cinco y quince días, según comercializadora.

Lo más lento ya no es la administración: es esperar al fontanero.
Instalador autorizado, Comunidad de Madrid

Plazo total real

Desde la firma del contrato con el instalador hasta tener la instalación produciendo y compensando: de 4 a 6 semanas en la mayoría de municipios de la Comunidad de Madrid. Las excepciones suelen ser cascos históricos protegidos, donde puede exigirse una visita técnica adicional.

15 días
Silencio positivo municipal
1 día
Registro autonómico
4–6 sem.
Plazo total medio

Documentos que conviene guardar

  • Memoria técnica firmada por el instalador.
  • Comunicación previa sellada por el ayuntamiento.
  • Boletín eléctrico (CIE).
  • Acuse del registro autonómico de autoconsumo.
  • Contrato de compensación con la comercializadora.
Fuentes
  1. Ayuntamiento de Madrid, sede electrónica.
  2. Comunidad de Madrid, registro de autoconsumo.
  3. Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT).
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