MADRID —
Aunque la palabra «trámite» suele asustar, instalar paneles solares en Madrid es hoy más sencillo que cambiar la caldera. La mayoría de ayuntamientos ha sustituido la licencia de obra por la comunicación previa, lo que reduce los plazos a apenas dos o tres semanas.
1. Comunicación previa al ayuntamiento
Documento técnico, memoria descriptiva y plano de cubierta. El ayuntamiento dispone de 15 días hábiles para responder; si no contesta, se entiende aprobado por silencio positivo. En Madrid capital, el trámite se hace íntegramente en línea.
2. Boletín eléctrico (CIE)
Lo emite el instalador autorizado tras conectar el inversor. Es el documento que certifica que la instalación cumple el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y se entrega tanto al titular como a la distribuidora.
3. Registro de autoconsumo en la Comunidad
Trámite telemático en la sede de la Comunidad de Madrid. Es obligatorio y gratuito, y se completa en menos de un día hábil. Se realiza una vez la instalación está activa.
4. Contrato de compensación con la comercializadora
Última pieza del proceso: firmar el nuevo contrato con la compañía eléctrica para que descuente los excedentes. Tarda entre cinco y quince días, según comercializadora.
“Lo más lento ya no es la administración: es esperar al fontanero.”
Plazo total real
Desde la firma del contrato con el instalador hasta tener la instalación produciendo y compensando: de 4 a 6 semanas en la mayoría de municipios de la Comunidad de Madrid. Las excepciones suelen ser cascos históricos protegidos, donde puede exigirse una visita técnica adicional.
Documentos que conviene guardar
- Memoria técnica firmada por el instalador.
- Comunicación previa sellada por el ayuntamiento.
- Boletín eléctrico (CIE).
- Acuse del registro autonómico de autoconsumo.
- Contrato de compensación con la comercializadora.
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